California Safety and Health Protection on the Job (Spanish) Poster Mandatory
The Safety and Health Protection on the Job (Spanish) is a California job safety law poster provided for businesses by the California Department Of Industrial Relations. This is a required poster for all California employers, and any business that fails to post this notification may be subject to penalties or fines.
This mandatory Spanish-language poster is a highly detailed list of responsibilities that the employer has in order to ensure a safe and healthy workplace. It also lists the rights that employees have while working. Procedures for when and what inspections are also listed as well as violation penalties.
PROTECCIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Estado de California Departamento de Relaciones Industriales La ley de California provee protecci ón a la sal ud y seguri dad laboral de lo s tr abajadores mediant e regulaciones im puestas por l a División de Seguridad y Salud Ocupacional de California (California Divi sion of O ccupational Safety and Health, o Cal/OSHA). Es te cartel explica algunos de l os requerimientos y pr ocedimientos básicos para cumplir con las n ormas estatales de seguri dad y salud en el lugar de trabajo. La ley exige que se fije este cartel. El incumplimiento de esta norma podría resultar en sanciones considerables. Las normas de Cal/OSHA pueden encontrarse en www.dir.ca.gov/samples/search/query.htm. QUÉ DEBE HACE R EL EMPLEADOR: Todos l os empleadores deben pr oporcionar trabajo y lugares de trab ajo seguros y salubres. Dicho de otra form a, u sted como empleador, debe seguir l as leyes estatales rigiendo la seguridad y la salud laboral. El incumpli m iento de estas leyes puede suponer una amenaza a la vida o la s alud de los trabajadores y resultar en sanciones considerables . D ebe fijar este cartel en un l ugar visibl e y donde se fijan normalment e los avisos a los empleados con el f in de que todos en el trabajo estén conscientes de sus derechos y res ponsabilidades básicas. Debe contar con un programa que sea eficaz para la prevención de lesiones y enfermedades (IIPP, por sus siglas en inglés) por escrito que cumpla con los requisitos del Código de Regulaciones de California, título 8, articulo 3203 ( www.dir.ca.gov/title8/3203.html) y proporcionar el acceso a sus empleados y sus representantes designados. Debe estar consciente de los peligros que sus empleados enfrentan en el trabajo y mantener documentos indicando que cada trabajador ha sido capacitado sobre los riesgos particulares de cada asignación de trabajo. Debe corregir cualquier condición peligrosa que sepa que puede resultar en lesiones a sus empleados. El incumplimiento de esta normativa puede resultar en cargos penales, sanciones monetarias e incluso el encarcelamiento. Debe notificar a la oficina del distrito local de Cal/OSHA de cualquier lesión o enfermedad seria o muerte que ocurre en el trabajo. Asegúrese de hacer esto inmediatamente después de llamar a servicios de emergencias para asistir a l empleado lesionado. No reportar una lesión o enfermedad seria o muerte dentro de las primeras 8 horas de ocurrida puede resultar en una sanción civil de $5,000. QUÉ NO DEBE HACER NUNCA EL EM PLEADOR: Nunca permita que un empleado realice trabajo que infrinja las regulaciones de Cal/OSHA de la seguridad y salud en el lugar de trabajo. Nunca permita que un empleado sea expuesto a sustancias peligrosas sin proporcionarle la protección adecuada. Nunca permita que un empleado que no ha sido capacitado realice trabajo peligroso. LO S EMPLEADOS T IENEN C IERTOS DERECHOS DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Como empleado, usted (o alguien que actúe en su nombre) tiene derecho a presentar una denuncia confidencial y solicitar una inspección de su lugar de trabajo si considera que las condiciones son inseguras o insalubres. Esto se puede hacer al contactar la oficina local del distrito de Cal/OSHA (ver a continuación). Cal/OSHA no divulga su nombre, a menos que solicite lo contrario. Usted también tiene derecho de señalar condiciones inseguras o insalubres al investigador de Cal/ OSHA realizando la inspección en su lugar de trabajo. Usted y su representante designado tienen derecho a acceder al IIPP del empleador. Cualquier empleado tiene el derecho a negarse a realizar un trabajo que infringe un estándar u orden de salud o seguridad laboral dónde dicha violación causaría un peligro real o aparente al empleado u otros empleados. Usted no puede ser despedido ni sancionado de ninguna forma por presentar un reclamo de condiciones de trabajo inseguras o insalubres, ni por ejercer de cualquier forma su derecho a un lugar de trabajo seguro y saludable. Si cree que fue despedido o sancionado por ejercer sus derechos, puede presentar un reclamo sobre este tipo de discriminación comunicándose con la oficina más cercana del Departamento de Relaciones Industriales de California, División de Cumplimiento de Normas Laborales (Oficina del Comisionado Laboral) o a la oficina del Departamento de Trabajo de los EE.UU. en San Francisco (los empleados de agencias estatales o municipales solo pueden presentar es tos reclamos en la Oficina del Comisionado Laboral de California). Consulte su directorio telefónico loc al para la ubicación de la oficina más cercana. LOS EMPLEADOS TAMBIÉN TIENEN RESPONSABILIDADES: Para mantener el lugar de trabajo y sus compañeros de trabajo seguros, debe notificarle a su empleador sobre cualquier riesgo que pueda resultar en lesiones o enfermedades a un trabajador. Mientras trabaje, debe siempre obedecer las leyes estatales de seguridad y salud laboral. LA AYUDA ESTÁ DISPONIBLE: Para conocer más sobre las normas de seguridad laboral, puede contactar los Servicios de Consulta de Cal/OSHA para recibir información gratuita, documentos requeridos y publicaciones. También puede contactar a la oficina del distrito local de Cal/OSHA. Si lo prefiere, puede contratar un asesor privado competente o consulte con su compañía de seguro de compensación de los trabajadores para obtener información. APLICAN REGLAS E SPECIALES PARA T RABAJO CERCA DE SUSTANCIAS P ELIGROSAS: Los empleadores que utilizan sustancias catalogadas c omo peligrosas en el Código de Regulaciones de California, título 8, articulo 339 ( www.dir.ca.gov/title8/339.html) o que s ean tratadas en las Normas de Comunicación de Riesgos ( www.dir.ca.gov/title8/5194.html) deben proporcionar i nformación a los trabajadores sobre químicos pel igrosos en su lugar de trabajo, ac ceso a las hojas de datos de segur idad y capacitación sobre cómo utilizar químicos pel igrosos de manera segura. Los e mpleadores deberán poner a disposición de manera oportuna y r azonable una hoja de datos de seguridad sobre cada sustan cia peligrosa en el l ugar de trabajo en caso de s er solicitado por un empleado , un representante del contrato colectivo o un médico de un empleado. Los e mpleados tienen derecho a ver y copiar sus registros m édicos y los r egistro s de exposiciones a materiales po tencialment e tóxicos o agent es físicos dañi nos. Los e mpleadores deben permitir e l acceso a empleados o sus representantes a registros de exposición del e mpleado a mater i ales potencialment e tóxicos o a agentes físicos dañi nos, y notificar a los empleados sobr e cualquier ex posición a concentraciones o niveles que excedan los l ímites de exposición permitidos por l as normas de Cal/OSHA . T odo empl eado o representante t iene derecho a observar el monitor eo o la medición del nivel de ex posición a riesgos de un em pleado que se r ealice para cumplir con las regulaciones de Cal/OSHA. CUÁNDO VIENE CAL/OSHA AL L UGAR DE T RABAJO: U n ingeniero o higienista i ndustrial capacitado de C al/OSHA puede visit ar el lugar de trabaj o con el f in de asegurar se de que la compañí a está cumpliendo c on las leyes de seguridad y salud laboral. También pueden realizarse inspecciones cuando un empleado presenta un r ec lamo válido a Cal/OSHA. Cal/OSHA t ambién visita el lugar de trabajo para investigar una lesión o enfer medad seria o muerte. Cuando inici a una i nspección, el i nvestigador de Cal/OSHA m ostrará su identificación oficial. Al e mpleador o a alguien que el e mpleador elija se le dará la oportuni dad de acompañar al investigador durant e la inspecci ón . S e le dará la misma oportunidad a un r epresentante autorizado de los e mpleados. En cas o de no haber un representant e autorizado de los empleados , el investigador conver sará con un número razonable de empleados sobre las condiciones de seguridad y salud en el l ugar de trabajo. VIOLACIONES , SANCIONES Y PENALIDADES : Si la in vestiga ción muestra que un empleador ha infringido una norma o regla de seguridad y salud, el i nvestigador de Cal/O SHA puede emitir una sanción . Cada sanción acarrea una penalidad monet aria y especif ic a la fecha en la que debe eliminar la violación. Una advertenc ia, la cual no acarrea penalidades monet arias, puede ser emitida en lugar de una sanción para violaciones no serias. Las penal idades monetarias dependen parcialmente de la c lasificación de la violación, sea es t a regulatoria, gener al, s eria , reincident e o deliberada, y ya sea que el empl eador ha sido negligente en eliminar violaciones anteriores que involucren la misma condici ón de riesgo . La cantidad base de l as penalidades monetarias, l os factores de ajuste de penalidades y las cantidades mínimas y máximas de las penalidades se enumeran en el Código de Regulaciones de California, título 8, articulo 336 ( www.dir.ca.gov/title8/336.html). Además, una violación deliberada que cause la muer t e o discapacidad permanente del cuerpo de un trabajador puede resultar, luego de em itida l a sentencia, en una mult a de hasta $250,000 o encarcelamiento por hasta tres años o ambos , y si el e mpleador es una corporación o sociedad de responsabil idad limit ada , la multa puede llegar ha sta $1.5 millones. La ley es tipula que el e mpleador puede apelar l as sanciones en un plazo de 15 días hábiles a partir del recibo de la m i sm a a la Junt a de Apelaciones de Seguridad y S alud Ocupacional (Occupational Safety and Healt h A ppeals Board). U n empleador que reciba una sanción, una Orden de Tomar Medidas Especiales (Order to Take Special A ction) o una Orden Es pe cial debe publ icarla de forma prominente en o c erca del lugar de la infracc ión por tres días hábi les o hasta que la condición insegura sea corregida, independientemente de su duraci ón, par a advertir a los e mpleados d e los riesgos que pueden existir en el lugar. Todo empl eado puede protestar e l tiempo per mitido para la corrección de la infrac ción a l a División de Seguridad y Salud Ocupacional o a la Junta de Apelaciones de S eguri dad y Sal ud Ocupacional. Llame GRATIS a la Línea de Infor mación a l Trabajador – (833) 579-0927 DIVISIÓN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL (CAL/OSHA) SEDE PRINCIPAL: 1515 Clay Street, Ste. 1901, Oakland, CA 94612 – Teléfono (510) 286 -7000 Oficinas de distrito American Canyon (707) 649-3700 Bakersfield (661) 588-6400 Foster City (650) 573 -3812 Fremont (510) 794 -2521 Fresno (559) 445 - 5302 Long Beach (424) 450-2630 Los Ángeles (213) 576 -7451 Modesto (209) 545 -7310 Monrovia (626) 239 -0369 Oakland (510) 622 -2916 Redding (530) 224 -4743 Sacramento (916) 263-2800 San Bernardino (909) 383-4321 San Diego (619) 767 -2280 San Francisco (415) 557- 0100 Santa Ana (714) 558-4451 Van Nuys 3419 Broadway St., Ste. H8, American Canyon 94503 7718 Meany Ave., Bakersfield 93308 1065 East Hillsdale Bl., Ste. 110, Foster City 94404 39141 Civic Center Dr., Ste. 310, Fremont 94538 2550 Mariposa St., Rm. 4000, Fresno 93721 1500 Hughes Way, Suite C-201, Long Beach 908 10 320 West Fourth St., Rm. 820, Los Ángeles 90013 4206 Technology Dr., Ste. 3, Modesto 95356 800 Royal Oaks Dr., Ste. 105, Monrovia 91016 1515 Clay St., Ste. 1303, Box 41, Oakland 94612 381 Hemsted Dr., Redding 96002 1750 Howe Ave., Ste. 4 30, Sacramento 95825 464 West Fourth St., Ste. 332, San Bernardino 92401 7575 Metropolitan Dr., Ste. 207, San Diego 92108 455 Golden Gate Ave., Rm. 9516, San Francisco 9410 2 2 MacArthur Place, Suite 720, Santa Ana 92707 6150 Van Nuys Blvd., Ste. 405, Van Nuys 91401 (818) 901-5403 Oficinas regionales San Francisco (415) 557-0300 Sacramento (916) 263-2803 Santa Ana (714) 558 -4300 Monrovia 455 Golden Gate Ave., Rm 9516, San Francisco 94102 1750 Howe Ave., Ste. 440, Sacramento 95825 2 MacArhur Place, Ste. 720, Santa Ana 92707 800 Royal Oaks Dr., Ste. 105, Monrovia 91016 (626) 471-9122 Servicios de Consulta de Cal/OSHA Oficinas de campo y zona •Fresno / Central Valley 2550 Mariposa Mall, Rm. 2005 (559) 445 -6800 Fresno 93721 • La Palma / Los Angeles / 1 Centerpointe Dr., Ste. 150 (714) 562 - 5525 Orange County • 1515 Clay St., Ste 1103 Oakland 94612 (510) 622 -2891 Oakland/ Bay Area (916 ) 263 - 0704 (909) 383 -4567 • Sacramento / Northern C A • San Bernardino • San Diego /I mperial County • San Fernando Valley (818) 901-5754 La Palma 90623 1750 Howe Ave., Ste. 490 Sacramento 95825 464 West Fourth St., Ste. 339 San Bernardino 92401 7575 Metropolitan Dr., Ste. 204 (619) 767- 2060 San Diego 92108 6150 Van Nuys Blvd., Ste. 307 Van Nuys 91401 Oficina regional de Servicios de Consulta •Fresno 2550 Mariposa Mall, Rm. 3014 (559) 445-6800 Fresno 93721 El Cumplimiento de las normas de s eguridad y salud laboral de Cal/OSHA se lleva a cabo por la División de S eguridad y Salud Ocupa cional, bajo el Departamento de Relaciones Industriales, el cual tiene la responsabilidad principal en la administración del programa de Cal/OSHA. Las normas de seguridad y salud ocupacional son promulgadas por la Junta de Normas de Seguridad y Salud Ocupa cional. Q uien desee presentar un reclamo alegando deficiencia en la administración del Plan de Seguridad y Salud Ocupacional de California, puede hacerlo contactando a la Oficina Regional de San Francisco de la Administración de Seguridad y Salud Ocupac ional (OSHA). El t eléfono del Departamento de Trabajo de los EE. UU.: (415) 625- 2547. OSHA monitorea la operación de planes estatales para asegura de que la autorización continuada sea meritoria. julio de 2022
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California Poster Name | Poster Type |
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Required Workplace Discrimination and Harassment Poster | Workplace Violence Law |
Required Sexual Harassment Fact Sheet | Workers Rights Law |
Required Sexual Harassment Facts Poster | Workers Rights Law |
Required Notice to Employees - Injuries caused by Work | Workers Compensation Law |
Required Whistleblower Notice | Whistleblower Law |
List of all 34 California labor law posters
California Labor Law Poster Sources:
- Original poster PDF URL: https://www.dir.ca.gov/dosh/dosh_publications/Spanish/shpstrspanish012000.pdf , last updated May 2020
- California Labor Law Poster Page at http://www.dir.ca.gov/wpnodb.html
- California Department Of Industrial Relations at http://www.dir.ca.gov
Labor Poster Disclaimer:
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