Connecticut:

Connecticut Printable Free Miscellaneous Law Posters Connecticut Labor Laws Restaurant and Food Service (Spanish) Poster

The Labor Laws Restaurant and Food Service (Spanish) is a Connecticut miscellaneous law poster provided for businesses by the Connecticut Department Of Labor. This notification is required for some employers, such as employers who are in the restaurant or hotel restaurant business.

This mandatory Spanish poster is a highly detailed list of legal definitions and regulations concerning employees in the restaurant and hotel restaurant industry. The poster details minimum wages, hours, travel times, and disability rights.

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Thomas J. Wydra	
DirectorDOL-79S (Rev. 9/21)
PUBLICAR Y DEJAR PUBLICADO EN UN LUGAR VISIBLE PARA LOS EMPLEADOS
Disposición obligatoria n.º 8
Las consultas o quejas de violación de esta disposición se deben e\
nviar a Wage and Workplace Standards  
Division, Department of Labor, 200 Folly Brook Blvd., Wethersfield, CT 0\
6109-1114.
ESTADO DE CONNECTICUT
RÉGIMEN SALARIAL MÍNIMO JUSTO PARA PERSONAS EMPLEADAS  EN OCUPACIONES EN RESTAURANTES Y HOTELES
Sitio web: www.ct.gov/dol	
SEC. 31-62-E1. DISPOSICIÓN SALARIAL:
(a)RÉGIMEN: SE DISPONEN LOS SIGUIENTES
REGÍMENES SALARIALES MÍNIMOS:
Se pagará $8.70 por hora en 1-1-14; $9.15 por hora en
1-1-15; $9.60 por hora en 1-1-16; $10.10 por hora en
1-1-17; $11.00 por hora en 10-1-19; $12.00 por hora en
9-1-20, $13.00 en 8-1-21; $14.00 por hora en 7-1-22; and
$15.00 por hora en 6-1-23 excepto aquellas personas
empleadas conforme a esta disposición salarial como
empleados de servicio (meseros). $5.69 por hora más
propinas en 1-1-14; $5.78 por hora más propinas en 1-1-15;
$6.07 por hora más propinas en 1-1-16; $6.38 por hora más
propinas en 1-1-17; $6.38 por hora más propinas en
10-1-19; $6.38 por hora más propinas en 9-1-20; $6.38 por
hora más propinas en 8-1-21; $6.38 por hora más propinas
en 7-1-22; and $6.38 por hora más propinas en 6-1-23 y
camareros a $7.34 por hora más propinas en 1-1-14; $7.46
por hora más propinas en 1-1-15; $7.82 por hora más
propinas en 1-1-16; $8.23 por hora más propinas en 1-1-17;
$8.23 por hora más propinas en 10-1-19; $8.23 por hora
más propinas en 9-1-20; $8.23 por hora más propinas en
8-1-21; $8.23 por hora más propinas en 7-1-22; and $8.23
por hora más propinas en 6-1-23.
(b) GANANCIAS DIARIAS MÍNIMAS GARANTIZADAS: Un
empleado que se presenta a trabajar regularmente, a menos
que se le dé aviso de lo contrario el día anterior, o cualquier
empleado convocado a trabajar cualquier día, deberá tener
asegurado un mínimo de ganancias de dos horas a no
menos de la tarifa mínima si el empleado es capaz y está
dispuesto a trabajar por ese lapso. Si el empleado no está
dispuesto o no es capaz de trabajar la cantidad de horas
necesaria para asegurar la garantía de dos horas, se debe
incluir en archivo, como parte del expediente del empleado,
una declaración firmada por el empleado que respalde esta
situación.
(c) TRABAJO EL SÉPTIMO DÍA CONSECUTIVO: No
menos de una vez y media la tarifa mínima por todo el
tiempo trabajado el séptimo día consecutivo.
(d) HORAS EXTRA: No menos de una vez y media la tarifa
regular por todas las horas trabajadas por encima de 40
horas en cualquier semana laboral.
SEC. 31-62-E2. DEFINICIONES:
Tal como se usa en las secciones 31-62-E1 a 31-62-E15, 
inclusive, de los Reglamentos de las Agencias del Estado de 
Connecticut:
(a) “OCUPACIÓN EN UN RESTAURANTE” incluye a todas
las personas que se dedican a preparar y servir comida para
consumo humano, o en cualquier operación accesoria o
complementaria al mismo, independientemente de si la
comida se sirve en o lejos del punto de preparación y de si
preparar y servir la comida es el único negocio del
establecimiento o empresa que da empleo, con la excepción
de que esta definición no debe incluir la preparación y el
servicio de alimentos en una organización educativa, de
caridad o religiosa sin fines de lucro en la que el servicio de
comidas no esté disponible regularmente al público general,
o la preparación y el servicio de comidas en hospitales,
residencias de convalecencia o para personas de la tercera
edad en las que el servicio de comidas no esté disponible
regularmente para el público general y sea accesorio para el
cuidado del paciente.
Esta ocupación incluye, sin limitación:
empleados de restaurantes, cafeterías, la parte de un
negocio hotelero que involucre preparar y servir alimentos,
comisariatos, lecherías, parrillas, cafés, fondas, tiendas de
bocadillos, salones de té, clubes nocturnos, cabarets,
tiendas de autoservicio, puestos de salchichas, operadores
de máquinas expendedoras de alimentos y la parte del
negocio que implica el servicio de alimentos en grandes
almacenes y tiendas de variedades, farmacias, tiendas de
dulces, panaderías, pizzerías, tiendas de fiambres, lugares
de diversión y recreación, establecimientos comerciales e
industriales y clubes sociales, recreativos, fraternales y
profesionales, que sirvan comida de forma regular o
intermitente, además de otros establecimientos o negocios
que satisfagan la condición establecida en esta subsección.
(b) “EMPLEADO DE RESTAURANTE” se refiere a cualquier
persona
que esté empleada o tenga permiso para trabajar en una
ocupación en un restaurante, establecimiento o empresa.
(c) “EMPLEADO DE SERVICIO” se refiere a cualquier
empleado cuyas tareas se relacionan únicamente con servir
comidas o bebidas a los clientes sentados en mesas o
reservados, y con el desempeño de tareas accesorias a
dicho servicio y que suele recibir propinas.
(d) “TAREAS ACCESORIAS A DICHO SERVICIO”
se refiere al desempeño de las siguientes tareas: (1) Tomar pedidos de comidas o bebidas de los clientes;
(2) Verificar que los clientes disfruten su comida y tomar medidas para corregir si hay problemas;
(3) Verificar la identificación de los clientes para asegurarse de que cumplen con los requisitos de
edad mínima para el consumo de bebidas
alcohólicas;
(4) Cobrar a los clientes;
(5) Escribir los pedidos de comidas de los clientes en fichas de pedido, memorizar pedidos o ingresar
pedidos en computadoras para su transmisión al
personal de cocina;
(6) Preparar cuentas que desglosan y suman los costos de la comida y los impuestos a la venta;
(7) Presentar menús a los clientes y responder preguntas sobre los artículos del menú, haciendo
recomendaciones si se les solicita;
(8) Retirar platos y vasos de mesas o mostradores y llevarlos a la cocina para su limpieza;
(9) Servir comidas o bebidas a los clientes, y preparar y servir platillos especiales en las mesas según sea
necesario;
(10) Limpiar mesas y mostradores después de que los clientes han terminado de comer;
(11) Preparar mesas para comidas, incluyendo colocar elementos como manteles, cubiertos y vasos;
(12) Explicar cómo se preparar los diversos artículos del menú, describiendo los ingredientes y métodos de
cocción;
(13) Acompañar a los clientes a sus mesas;
(14) Limpiar mesas y pisos en la zona de servicio inmediata del empleado de servicio antes, durante y
después de atender a los clientes;
(15) Limpiar y ordenar las estaciones de servicio y estaciones de bebidas; (16) Informar a los clientes cuáles son los especiales del
día;
(17) Preparar bebidas calientes, frías o combinadas para los clientes, incluyendo elaborar café y enfriar
botellas de vino;
(18) Enrollar los cubiertos, preparar estaciones de alimentos o preparar comedores para el siguiente
turno o para grupos grandes;
(19) Abastecer las zonas de servicio con insumos, como café, comida, servicio de mesa y manteles;
(20) Llevar las selecciones de vinos a las mesas con las copas adecuadas y servir vino a los clientes;
(21) Rellenar los recipientes de sal, pimienta, azúcar, crema, aderezos y servilletas;
(22) Describir y recomendar vinos a los clientes; y
(23) Guarnecer y decorar platillos en preparación para servirlos.
(e) “EMPLEADO QUE NO ES DE SERVICIO” se refiere a un
empleado que no es un empleado de servicio, e incluye, sin
limitación, las camareras, los camareros y los empleados
que sirven comida o bebida a los clientes en mesas o
reservados y que no suelen recibir propinas.
(f) “PROPINA” se refiere a una contribución monetaria
voluntaria que el empleado recibe directamente de un
cliente, invitado o usuario por el servicio prestado. (Vigente
a partir del 24 de septiembre de 2020)
SEC. 31-62-E2a. EMPLEADOS DE SERVICIO.
No se considerará que un empleado de servicio ha 
desempeñado tareas de servicio mientras el establecimiento 
no está abierto a los clientes; el empleado de servicio no 
reclamará crédito por propinas por el tiempo que trabaje 
cuando el establecimiento no está abierto a los clientes y no 
incluirá ninguna parte de ese tiempo como parte del cálculo 
de tareas que no son de servicio al aplicar las disposiciones 
de la sección 31-62-E3a de los Reglamentos de las 
Agencias del Estado de Connecticut.
(Vigente a partir del 24 de septiembre de 2020)
SEC. 31-62-E3. PROPINAS COMO PARTE DEL SALARIO 
MÍNIMO JUSTO.
Se considerará que las propinas constituyen una parte del 
salario mínimo justo cuando se cumplan todas las 
disposiciones siguientes:
(a) El empleador debe estar involucrado en un empleo en el
que las propinas constituyen regular y habitualmente, y se
han reconocido como parte de su remuneración, para fines
de contratación; y
(b) el monto recibido en propinas declarado como crédito
por parte del salario mínimo justo debe registrarse diaria,
semanal o quincenalmente en un registro de salarios
aunque el pago se haga más a menudo, y
(c) cada empleador que declare créditos por propinas como
parte del salario mínimo justo pagado a cualquier empleado
de servicio debe obtener evidencia sustancial, como se
describe en la Sección 30-60-2, como una certificación o
declaración diaria, semanal o quincenal en formato
electrónico o escrito, que demuestre que el empleado de
servicio ha recibido propinas por un monto no menor al
declarado como crédito por parte del salario mínimo justo.
Dicha certificación o declaración debe contener la fecha de
finalización de la semana de la semana de la nómina para la
que se declara el crédito. Dicha certificación o declaración
debe incluir documentación a través de un sistema de punto
de servicio electrónico o cualquier otro método que verifique
el monto que un empleado de servicio ha recibido en
propinas por el período de pago en cuestión. Dicha
certificación, declaración o evidencia sustancia debe
satisfacer los requisitos de la subsección (b) y esta
subsección.
(Vigente a partir del 21 de agosto de 2014; modificada el 4
de enero de 2021; modificada el 24 de septiembre de 2020)
SEC. 31-62-E3a. TAREAS QUE SON Y NO SON DE 
SERVICIO DENTRO DE LA INDUSTRIA DE 
RESTAURANTES.
(a) Cualquier día que un empleado de servicio realice tareas
de empleados que no son de servicio: (1) Durante dos horas o más, o
(2) Durante más del 20 por ciento del turno del empleado de servicio, el que sea menor, el empleador no
declarará crédito por propinas como parte del salario
mínimo justo para ese día.
(b) Si un empleado de servicio realiza actividades que no
son de servicio durante el transcurso del día de trabajo por
encima de la subdivisión (1) o (2) de la subsección (a) de
esta sección, el que sea menor, el empleador debe separar
y registrar el tiempo pasado en tareas que no son de servicio 
para declarar un crédito por propinas como parte del salario
mínimo justo para ese día.
(Vigente a partir del 24 de septiembre de 2020)
SEC. 31-62-E4. EMPLEO DIVERSIFICADO EN LA 
INDUSTRIA DE RESTAURANTES ha sido derogada.
SEC. 31-62-E5. EMPLEADO CONFORME A OTRAS 
ÓRDENES SALARIALES
(a) Mercantil:  Si un empleado participa parcialmente en
ocupaciones en restaurantes pero también participa
parcialmente en una ocupación cubierta por la disposición
de salarios mercantiles, las disposiciones de la disposición
de salarios mercantiles aplicarán a todo el período de
trabajo, excepto que, cuando el tiempo pasado en cada
ocupación se registre por separado, la parte para propinas
según lo permitido como parte del salario mínimo justo
puede aplicarse a las horas trabajadas por un empleado en
la categoría de servicio en un restaurante.
(b) Otras:  Si el empleado participa parcialmente en una
ocupación conforme a la disposición de salarios en
restaurantes, pero también participa parcialmente en una
ocupación cubierta por otra disposición salarial que no sea
la disposición de salarios mercantiles, las disposiciones más
altas de cada disposición salarial se aplicarán a todo el
período de trabajo a menos que el tiempo pasado en cada
ocupación se divida de forma definitiva y se registre de esta
forma. Cuando el tiempo pasado en cada ocupación se
divida de forma definitiva y se registre de esta forma, se
deben aplicar las disposiciones de la disposición salarial
correspondiente.
SEC. 31-62-E6. DEDUCCIONES Y ASIGNACIONES POR 
EL VALOR RAZONABLE DE ALOJAMIENTO Y COMIDA se 
ha derogado. SEC. 31-62-E7. DEDUCCIONES se ha derogado. 
SEC. 31-62-E8. DEPÓSITO.
Ningún empleador exigirá un depósito a ningún empleado 
por concepto de uniformes o para cualquier otro propósito, 
excepto si tiene permiso del Departamento de Trabajo.
SEC. 31-62-E9. HORAS TRABAJADAS.
Las horas trabajadas deben incluir todo el tiempo durante el 
cual el empleado debe estar en el establecimiento del 
empleador o en servicio, o debe estar en el lugar de trabajo 
indicado, y todo el tiempo durante el cual un empleado está 
empleado o tiene permiso para trabajar, deba o no hacerlo. 
Los períodos para comer se contarán como tiempo no 
trabajado, siempre que el tiempo de comienzo y finalización 
del período para comer se registre en los registros de horas 
y siempre que el empleado esté totalmente libre de los 
requisitos del trabajo durante el período y sea libre de 
abandonar el establecimiento.
SEC. 31-62-E10. TIEMPO DE VIAJE Y GASTOS DE VIAJE.
Todo empleado que deba o tenga permiso para viajar de un 
establecimiento a otro después del comienzo o antes del 
cierre del día de trabajo, será remunerado por el tiempo de 
viaje en el mismo régimen que el tiempo de trabajo, y se le 
reembolsará el costo del transporte.
SEC. 31-62-E11. CÁLCULO DEL TIEMPO.
Todo el tiempo se reconocerá según la unidad más cercana 
de quince minutos.
SEC. 31-62-E12. EMPLEADOS CON DISCAPACIDADES 
FÍSICAS O MENTALES.
(Esta reglamentación define a una "persona con una 
discapacidad física o mental" como una persona cuya 
capacidad de generar ingresos esté deteriorada por la edad 
o una deficiencia mental o física o lesión y establece pautas
para la modificación del salario mínimo.)
SEC. 31-62-E14. REGISTROS.
(a) Para el propósito de esta reglamentación, emitida de
acuerdo con las disposiciones de la sección 31-66 de los
estatutos generales, “registros veraces y exactos” se refiere
a registros legibles para cada empleado que muestren:
(1) Nombre;
(2) Dirección;
(3) Ocupación en la que está empleado;
(4) Horas diarias o semanales totales trabajadas, que muestren el comienzo y el fin de cada período de
trabajo, calculado según la unidad de 15 minutos más
cercana;
(5) Salario básico por hora, diario o semanal;
(6) Sumas o deducciones de los salarios de cada período de pago;
(7) Salarios totales pagados en cada período;
(8) Salario por horas extra como un punto separado del salario básico;
(9) Pago del séptimo día consecutivo de trabajo como un punto separado;
(10) Desglose separado en los registros de la nómina de cada asignación (comidas, alojamiento, propinas)
utilizados como parte del salario mínimo justo;
(11) Declaraciones firmadas por el empleado de acuerdo con la sección 31-62-E3 cuando los créditos por
propinas se declaren como parte del salario mínimo
justo;
(12) Otros registros según lo estipulado de acuerdo con las secciones de la reglamentación administrativa
31-60-1 a 31-60-14;
(13) Certificados de trabajo para empleados menores de edad (De 16 a 18 años).
(b) Para cada empleado, se mantendrán y conservarán
registros veraces y exactos en el lugar de empleo por un
período de tres años. El comisionado de trabajo puede
autorizar que se mantengan registros salariales y registros
de horas y salarios según se describa, total o parcialmente,
en un lugar distinto al lugar de empleo cuando se demuestre
que conservar dichos registros en el lugar de empleo: (1) genere una dificultad excesiva para el empleador sin que se beneficien materialmente los procedimientos
de la inspección del Departamento de Trabajo, o
(2) que no sea práctico para fines de cumplimiento de la ley. Cuando se otorgue permiso para mantener
registros salariales en otro lugar que no sea el lugar
de empleo, también debe haber un registro de las
horas totales diarias y semanales trabajadas por
cada empleado disponible para inspección en
conexión con dichos registros salariales.
(c) En el caso de que un empleado pase el 75 % o más de
su tiempo de trabajo lejos del lugar de negocios del
empleador y que mantenimiento de los registros de horas
que muestran el comienzo y el fin de cada período de
trabajo para dicho personal suponga dificultades excesivas
para el empleador o lo exponga a riesgos por su
incapacidad de controlar la exactitud de dichas entradas, se
aprobará que un registro del total de horas diarias y
semanales cumple con los requisitos de registro de horas de
esta sección.
Sin embargo, en dichos casos, el empleado hará las
entradas de horas originales en su nombre y estas entradas
se utilizarán como la base para los registros de la nómina.
En virtud de la sección 31-23 de los Estatutos Generales de 
Connecticut, ningún menor de 16 años puede estar 
empleado o tener permiso para trabajar en ningún 
restaurante.

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Connecticut Poster Name Poster Type
Required Paid Sick Leave General Labor Law Poster
Required Paid Sick Leave - Spanish General Labor Law Poster
Required Connecticut Workers' Compensation Commission Workers Compensation Law
Required Electronic Monitoring Poster Surveillance Law
Required Connecticut OHA Managed Care Poster General Labor Law Poster

List of all 13 Connecticut labor law posters


Connecticut Labor Law Poster Sources:

Labor Poster Disclaimer:

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** This Document Provided By Minimum-Wage.org **
Source: http://www.minimum-wage.org/connecticut/labor-law-posters/63-labor-laws-restaurant-and-food-service-spanish